lunes, 1 de agosto de 2016

¿Por qué Barahona no tiene un asilo para ancianos?

Por Luis Matos
Coordinador General De Barahona 3
New York
Lic. Luis Matos
Barahona, después de un crecimiento desproporcionado sin ninguna prevención territorial y como el que ha sucedido en los últimos 40 años, sigue sin sistema sanitario adecuado para estos tiempos, ni industrias que garanticen la estabilidad económica de esta generación de hombres y mujeres que desandan por las calles encaminando sus pasos hacia ningún lado. No tienen dirección. No hay señales que seguir. Los encargados de señalizar el camino a los ciudadanos hacen muchísimas otras cosas de poca importancia; pero no señalizan los senderos con sus reglas para llegar a metas de desarrollo, de bonanza económica para todos, de felicidad.

 Continuamos arrabalizando los lugares que se proyectaban como patrimonio de todos.  Para que mencionarles si no se protege, ni siquiera a los que en su momento de gloria permanecieron en su pueblo natal. Hoy, la naturaleza ya vencida por el tiempo le premia con mantenerlo dentro del tiempo, pero ya sin vida hábil para su producción continuar, no depende ni siquiera de una pensión económica que le permita continuar una vida con dignidad.

Tal como expresa el Lic. Noel Moquete: que vamos hacer con los demás, porque no es solo el problema de el buen Puchulo Kwant, {el pintor} si no de una gran generación de hombres que en su años mozos no conocieron más que el trabajo rústico de la vida, sin ninguna educación académica. En esos tiempos los padres pobres, que eran los más, solo enseñaban a los hijos a trabajar.

 Esto envejecientes que deambulan por esas calles de Dios, victimas del poco progreso económico que ha les ha tocado, durante el desarrollo de la Nación y más específicamente de Barahona.

La Constitución, en su art. 206, expone con mucha claridad que, los presupuestos participativos, la inversión de los recursos municipales se hará mediante el desarrollo progresivo de esos presupuestos y que propicien la integración y corresponsabilidad ciudadana en la definición, ejecución y control de las políticas de desarrollo local.

 Esta misma Constitución en su art.57 promueve la protección de las personas de la tercera edad. La Familia, La Sociedad y el Estado concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado garantizaría los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

¿Cuántos casos de indigencia hemos vistos en nuestro Macondo, Barahona? Las autoridades correspondientes tienen ceguera permanente para ver esto casos.

Bien, ahora el problema se nos agudiza debido a que de otras provincias nos están trayendo indigentes y los abandonan a su suerte y la reacción de las autoridades nunca llega.

¿Se cumple por parte del Estado lo que establece el legislador en nuestra Constitución en el art. 57 ya descrito antes?  ¿Cumplen las autoridades municipales lo que establece el art 206, de la constitución? No, ninguno de los dos mandatos constitucionales se cumple y la violación a lo establecido amerita una sanción por parte de autoridades correspondientes.

Sólo la voluntad de los votantes, cuando hagan presencia para ejercer el voto y dejen de pensar con la barriga, aun obligados por la necesidad y elijan a la persona que de verdad nos vaya a representar y no como miembro de partido alguno.
Un legislador del pueblo, no del partido, que es los que hemos venido realizando desde hace mucho tiempo.

Barahona entra en la etapa de necesidades, inducidas por malas autoridades, malos hijos e indolentes ciudadanos.


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