martes, 3 de septiembre de 2013

La Escuela De Medicina Para Barahona Y la Constitución De La República

Luis Matos
Por Luis Matos
Que oportuna fue la intervención del Lic. David—Volquez, donde nos da los datos exactos de las escuelas de medicina que tiene la Nación.  Si buscamos en las obligaciones que establece el Estado Dominicano, referente a la distribución de las riquezas que se generan en el país, veríamos que establece que deberían ser repartidas en forma equitativa.

Paradójicamente entramos en contradicción con estos mandatos, ya establecidos.

Hago una revisión de cómo se ha dividido esta riqueza  en la nación.

Un 60% se distribuye en la capital dominicana, un 30% en la región Norte, un 15% en el Este, y el restante 5%, viene al sur.

Como es  posible que los elegidos por el Pueblo no hayan tenido visión de que las riquezas de la  Republica Dominicana tienen que ser divididas en partes iguales para mantener un balance equitativo en el desarrollo de las regiones.

La Constitución Dominicana, en su Artículo 39, Numeral 1. Establece que: "La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes". Se da o aplica esta demagogia en el país.

El mismo Artículo 39. En su Numeral 3. Dice.  “El Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión”.  Cosa que no se aplica en lo más mínimo en la Región Sur del país..

Si este artículo de la Constitución se aplicara tal como fue establecido hoy los barahoneros no estuviéramos que estar mendigándole a los funcionarios y ejecutivos por una escuela de medicina en la región Sur.

Otro de los fallos en los que incurren las autoridades electas es lo referente a lo que expresa el Articulo 63 de la Constitución que establece el derecho a la educación.

“Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”. En consecuencia, ese mismo artículo 63 en su numeral 1. Establece  que: ” la educación tiene por objeto la formación integral del ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus valores éticos. Buscar el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”.

Y el numeral 3 del mismo artículo expone,  de una manera clara y determinante: “ El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el nivel inicial, básico y medio. La oferta para el nivel inicial será definida en la ley. La educación superior en el sistema público será financiada por el Estado, garantizando una distribución de los recursos proporcional a la oferta educativa de las regiones, de conformidad con lo que establezca la ley”.

En el caso de la Región Sur se cumplen estas leyes?, o se obvian porque no quieren invertir los recursos del Estado donde deben y que son de necesidad pública para la integración de los médicos que necesita esta región.

Numeral 5. “El Estado reconoce el ejercicio de la carrera docente como fundamental para el pleno desarrollo de la educación y, por consiguiente, es su obligación propender a la profesionalización, a la estabilidad y dignificación de los las docentes”.

Se está actuando de acuerdo a los establecido en estos artículos de la Constitución De La República Dominicana?. Necesitamos respuestas. Estamos en lo correcto o en lo incorrecto?. Tenemos razón o no?
Por último el Artículo 93. De nuestra Constitución en su numeral 2 literal E,  indica que  se debe nombrar una comisión permanente y especial, a instancia de sus miembros para que investiguen cualquier asunto que resulte de interés público, y rindan el informe correspondiente.

Se aplicó esta observación de nuestra Constitución, o se aplicó la determinación del representante de la “Escuela Superior del Estado”, aplicando el castigo condenatorio a una región que clama por sus derechos ante las necesidades que se le presentan a la población y, en especial, las necesidades de actualizarse en enfermedades que se le atribuyen a la región.


Este es el grito de los sureños por la escuela de medicina en Barahona ya que fue dotada de edificaciones aptas para el establecimiento de la Escuela de Medicina avanzada que requerimos en la región.

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